Japón Requisitos de Pasaporte y Visa
Pasaporte requerido | Billete de vuelta requerido | Visado requerido | |
---|---|---|---|
Estados Unidos | Sí | Sí | No/3 |
Resto de países latinoamericanos | Sí | Sí | Sí/2 |
México | Sí | Sí | No/1 |
Argentina | Sí | Sí | No/2 |
Unión Europea | Sí | Sí | No/1 |
Pasaportes
La regulación sobre pasaportes y visados puede cambiar, así que es preferible ponerse en contacto con el Consulado o la Embajada (ver sección de direcciones) antes de planear el viaje.
Todas las personas que visiten Japón necesitan un pasaporte válido durante el tiempo que dure la estancia.
Nota pasaporte y visado
Las autoridades de inmigración japonesas pueden denegar la entrada en el país a aquellas personas, tengan o no visado, que no puedan demostrar que tienen medios para costear su estancia o que no tengan un billete de salida.
Visados
Será necesario para todos excepto para los visitantes de los siguientes países en visitas de turismo, pequeñas estancias de negocios o para asistir a conferencias:
(a) 1: Los ciudadanos de la Unión Europea, Australia, Canadá y EE.UU. y México para estancias de hasta 90 días.
(b) 2: Los ciudadanos de Andorra, Argentina, Barbados, Bahamas, Bulgaria, Chile, Costa Rica, Croacia, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Hong Kong (SAR), Islandia, Israel, Korea (Rep) (exención de visado hasta Feb 2006), Lesotho, Macao (SAR), Estados Federados de Macedonia, Mauricio, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, San Marino, Singapur, Surinam, Taiwán (Republica Popular de China, pasaporte de Taiwan con número de identidad), Túnez, Turquía y Uruguay para estancias de hasta tres meses.
(c) Los ciudadanos de Brunei para estancias de hasta 14 días.
Nota visados
Los ciudadanos de Austria, Alemania, Irlanda, Liechtenstein, México, Suiza y el Reino Unido, a los que se permite la entrada por 90 días, podrán solicitar, una vez en Japón al Departamento de Inmigración local, una extensión por otros 90 días, pudiendo así prolongar su estancia sin visado hasta 6 meses.
Tipos y coste
Visitante Temporal: 22⬠aproximadamente (entrada simple) y 46⬠aproximadamente (entrada múltiple) para todos excepto los nacionales de los siguientes países: Gran Bretaña (aproximadamente 10â¬, entrada simple y múltiple), Irán (aproximadamente 40â¬, entrada simple), India (aproximadamente 6â¬, entrada simple y múltiple). Trabajador/Empleado, Estudiante y Tránsito. El precio de los visados varia según la nacionalidad del solicitante y la duración y el motivo de la estancia en Japón.
Validity
Tránsito: 15 días. Visitante temporal: 15, 30 o 90 días. Estudiante: uno o dos años.
Requisitos de solicitud
Para visados de Visitante Temporal: (a) Pasaporte. (b) Impreso de solicitud cumplimentado. (c) Una o dos fotografías tamaño pasaporte. (d) Prueba de solvencia económica. (e) Pago de las tasas. (f) Billete de avión o de barco de salida del país. (g) Carta original del empleador o la institución educativa. (h) Carta de invitación a Japón o reverva de hotel. (i) Itinerario del viaje. Estudiante: (a)-(e) y (f) Copia del certificado de admisión en una institución educativa japonesa.
Los visados deben solicitarse en persona. Una vez se ha expedido el visado, el pasaporte podrá ser devuelto por correo si se ha entregado un sobre de entrega especial, prepagado y con la dirección del interesado. Se pueden requerir más documentos a los solicitantes de ciertas nacionalidades para la tramitación del visado.
Días laborables
Por lo general 5 días aunque los pasaportes de algunas nacionalidades necesitarán una tramitación especial en Tokio que puede tardar hasta 3 meses.
Nuestra información de visado y pasaporte se actualiza periódicamente y es correcta en el momento de la publicación, Le recomendamos encarecidamente que verifique la información crítica exclusiva de su viaje con la Embajada pertinente antes de viajar.
Embajadas y oficinas de turismo
Embajada de España
1-3-29 Roppongi, Minato-Ku, Tokio 106-0032, Japón
Tel: (3) 3583 8531. Fax. (3) 3582 8627
E-mail: emb.tokio@maec.es
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Embajada de Japón en España
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Página web: www.es.emb-japan.go.jp
Consulado General en: Barcelona (tel: 93 280 3433) y Las Palmas de Gran Canaria (tel: 928 244 012).
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Organización Nacional de Turismo de Japón (JNTO)
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